Autónomos

Verifactu y factura electrónica: qué cambia para los autónomos y cuándo

En la misma semana han pasado dos cosas que se mezclan en cualquier conversación entre autónomos. El 5 de octubre de 2026 se publicó en el BOE la orden que pone en marcha la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. Y ese mismo día Hacienda anunció que retrasará Verifactu hasta octubre de 2028. Son dos obligaciones distintas, con fechas distintas. Vamos por partes.

Verifactu cambia tu programa, no tus facturas

Verifactu es el nombre con el que se conoce el reglamento que fija cómo tienen que ser los programas con los que se emiten facturas. No cambia los datos que lleva una factura ni obliga a usar un formato concreto. Lo que exige es que el programa guarde un registro de cada factura que no se pueda borrar ni modificar sin dejar rastro.

El programa puede trabajar de dos maneras. En la modalidad VERI*FACTU, envía a la Agencia Tributaria un registro de cada factura en el momento de emitirla. En la otra, guarda esos registros firmados y los entrega si Hacienda los pide. En las dos, las facturas llevan un código QR para que tu cliente pueda comprobarlas. Para ti, como usuario, la diferencia la resuelve el programa: sigues facturando igual.

A quién afecta

A los autónomos y las empresas que hacen sus facturas con un programa informático, incluidas las facturas simplificadas (los tiques). Quedan fuera quienes llevan sus libros por el SII, el suministro inmediato de información que usan sobre todo las empresas grandes, y quien hace sus facturas a mano.

Da igual que factures a empresas o a particulares. Lo que cuenta es la herramienta con la que facturas.

¿Y si facturo con Word o con Excel?

Depende de lo que haga tu archivo. Si usas Word o una hoja de cálculo como simple plantilla, escribes los datos a mano y guardas la factura en PDF, en principio no se considera un sistema informático de facturación. Si tu hoja numera sola, calcula el IVA y la retención con fórmulas, guarda el histórico de facturas o genera el libro registro con macros, puede serlo, y entonces tendría que cumplir el reglamento. Hacienda se reserva comprobarlo caso a caso.

Si no lo tienes claro, la Agencia Tributaria tiene un informador de VERI*FACTU que lo resuelve con unas cuantas preguntas.

Las fechas de Verifactu, a día de hoy

El calendario ya se ha movido varias veces. Las fechas legales vigentes son las que fijó el Real Decreto-ley 15/2025, en diciembre de 2025:

  • 1 de enero de 2027 para las empresas que tributan en el Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos incluidos.

El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció que retrasará esas obligaciones hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica. Cuando escribimos esto, el retraso todavía no está aprobado: hace falta una norma que lo recoja. Mientras no se publique, las fechas que valen son las de arriba.

La multa por tener un programa que no cumple cuando ya sea obligatorio es de 50.000 euros por cada ejercicio. Basta con tenerlo y que pueda emitir facturas.

La factura electrónica obligatoria es otra cosa

Aquí sí cambia la factura. Entre empresas y profesionales, las facturas tendrán que emitirse y recibirse en un formato electrónico estructurado: un PDF no sirve. Se podrán intercambiar con una plataforma privada o con la solución pública y gratuita de la Agencia Tributaria. Quien use una plataforma privada tendrá que mandar además una copia de cada factura a la solución pública, y quien recibe la factura tendrá que comunicar cuándo la paga o si la rechaza.

Las fechas las fija la Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre y en vigor desde el día 6:

  • 6 de octubre de 2027: empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones.
  • 6 de octubre de 2028: todos los demás, autónomos incluidos, para emitir, enviar y recibir facturas electrónicas.
  • 6 de octubre de 2029: los autónomos tendrán además que informar del estado de las facturas y de su pago.

Esta obligación es solo para las facturas entre empresas y profesionales. Si todos tus clientes son particulares, la factura electrónica obligatoria no te cambia nada. Verifactu, en cambio, sí.

Un ejemplo

Imagina que eres diseñadora autónoma, trabajas para pymes y facturas con un programa online que pagas cada mes. Lo único que tienes que hacer ahora es preguntar a tu proveedor dos cosas: si el programa cumple el reglamento (debe tener una declaración responsable que lo acredite) y si va a permitir la factura electrónica. Si contesta que sí a las dos, no tienes que hacer nada más. El programa se adaptará y tú seguirás facturando igual.

Si en cambio haces las facturas con una plantilla de Word, de momento puedes seguir así. Lo que te tocará antes de octubre de 2028 es pasarte a un programa o a la solución gratuita de Hacienda, porque tus clientes son empresas.

Qué haría ahora

  • No comprar con prisas. Con las fechas moviéndose, no tiene sentido cambiar de programa por miedo.
  • Si ya usas un programa, pide la declaración responsable y pregunta por la factura electrónica.
  • Si vas a elegir uno nuevo, que cumpla las dos cosas: Verifactu y factura electrónica.
  • Si facturas con una hoja de cálculo que hace cuentas sola, pasa el informador de Hacienda para saber si es un sistema de facturación.
Verifactu cambia el programa con el que facturas. La factura electrónica cambia la factura que mandas a otras empresas. Las dos llegarán, aunque se retrasen.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que mandar mis facturas a Hacienda?

Con Verifactu, solo si tu programa trabaja en la modalidad VERI*FACTU, y entonces lo hace él solo. En la otra modalidad, el programa guarda los registros y los entrega si Hacienda los pide. Con la factura electrónica, las facturas entre empresas llegarán también a la solución pública de la Agencia Tributaria.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

Como plantilla en la que escribes los datos a mano, en principio sí. Si la hoja numera sola, calcula impuestos o genera el libro registro, puede considerarse un sistema informático de facturación y tendría que cumplir el reglamento.

¿Me afecta si solo facturo a particulares?

Verifactu sí, si facturas con un programa. La factura electrónica obligatoria no, porque solo se aplica a las facturas entre empresas y profesionales.

¿Cuál es la multa por no cumplir Verifactu?

Por tener un programa de facturación no adaptado cuando ya sea obligatorio, 50.000 euros por cada ejercicio. Por fabricar o vender programas que no cumplen, 150.000 euros.

Fuentes oficiales

⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir. Revisado el 14 de octubre de 2026.

Temas:VerifactuFactura electrónicaFacturaciónAutónomos

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