Renta

Acciones, fondos y dividendos: así tributan tus inversiones en la renta

Invertir se ha vuelto masivo; declarar bien las inversiones, no tanto. Repasamos las cuatro reglas que todo inversor particular debería dominar antes de junio.

1. Solo tributa lo que vendes

Mientras no vendas, no hay impuesto — dé igual lo que suba la cartera. Al vender, la ganancia o pérdida (venta menos compra, con el criterio FIFO: lo primero que compraste es lo primero que vendes) va a la base del ahorro, que tributa por tramos del 19% al 30%.

2. Los fondos tienen superpoder: el traspaso

Mover dinero de un fondo a otro (traspaso) no tributa: la ganancia queda diferida hasta el reembolso final. Es la gran ventaja del fondo frente a la acción, y la base de casi toda planificación fiscal del pequeño inversor. Ojo: los ETF extranjeros, en general, no gozan del traspaso.

3. Dividendos e intereses: sin escapatoria

Se declaran el año que se cobran, con retención del 19% ya practicada si el broker es español. Con broker extranjero nadie retiene ni informa por ti: te toca declararlo todo tú (y recuperar la doble retención de dividendos extranjeros vía convenio — se pierde muchísimo dinero por no reclamarla).

4. Las pérdidas valen dinero

Las minusvalías compensan ganancias del año (y hasta un 25% de los dividendos e intereses); lo que sobre, se arrastra 4 años. Vender pérdidas latentes antes de fin de año para compensar ganancias es legal y habitual — con la regla anti-lavado: si recompras lo mismo en 2 meses, la pérdida no computa aún.

Al inversor no le pierde el mercado: le pierden el broker extranjero sin declarar y las pérdidas sin compensar. Las dos cosas se arreglan con una buena declaración.

⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.

Temas:AccionesFondosDividendosInversiones

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