Autónomos

El autónomo colaborador: dar de alta a tu pareja o a tu hijo (con bonificación)

En miles de negocios familiares — el bar, la tienda, el taller — la pareja o los hijos "echan una mano" a diario sin estar en ningún papel. Eso, además de un riesgo serio en cualquier inspección, desperdicia una figura pensada justo para este caso: el autónomo colaborador.

Quién puede serlo

Familiares hasta segundo grado (cónyuge, hijos, padres, hermanos...) que convivan con el titular y trabajen en el negocio de forma habitual — no una ayuda puntual en Navidad. Como regla general, los familiares convivientes no pueden ser asalariados del autónomo: su encaje natural es este.

Las ventajas de la figura

Lo que exige a cambio

Que sea real: sueldo acorde al convenio del sector, pagado y acreditable (transferencia, no "de la caja"). Un colaborador con bonificación y sueldo de mercado es una estructura fiscalmente eficiente; uno de papel es un problema esperando inspección.

¿Y si no convive contigo?

Un hijo emancipado o un hermano con su propia casa pueden ser directamente empleados por cuenta ajena, con matices — el salto al primer contrato lo explicamos en contratar al primer empleado.

El negocio familiar funciona con confianza; los papeles del negocio familiar, también. El alta de colaborador convierte la "ayuda" invisible en cotización, bonificación y gasto deducible. Todos ganan.

⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.

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¿Tu pareja o tu hijo echan horas en el negocio?

Te montamos el alta de colaborador con su bonificación y la nómina bien deducida. Todo en regla.

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