Autónomos

Cómo darse de alta como autónomo en España (paso a paso)

Hacerse autónomo en España es más sencillo de lo que parece, pero hay que dar los pasos en el orden correcto y en dos sitios distintos: Hacienda y la Seguridad Social. Si te preguntas cómo darte de alta como autónomo sin liarte, aquí lo tienes resumido.

Paso 1: el alta en Hacienda

Antes de empezar tu actividad debes comunicar a Hacienda que vas a ejercerla. Se hace con el modelo censal (el conocido 036; su versión simplificada, el 037, desapareció en 2025), donde declaras a qué te vas a dedicar (tu epígrafe de actividad) y cómo vas a tributar.

Se presenta por internet, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital o Cl@ve, y es gratuito. En él tomas varias decisiones que conviene llevar pensadas:

  • El epígrafe: si tu actividad es empresarial o profesional. De ahí depende, por ejemplo, que tus facturas a empresas lleven retención.
  • El IVA: régimen general, recargo de equivalencia si tienes un comercio minorista, o actividad exenta.
  • El IRPF: estimación directa, que es lo habitual, o módulos si tu actividad puede acogerse.
  • Dónde trabajas: si es en tu vivienda, indica la parte que dedicas a la actividad. Es lo que luego te permite deducir una porción de los gastos de casa.
  • Operaciones con la Unión Europea: si vas a tener clientes o proveedores de otros países de la UE, pide también el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

Elegir bien el epígrafe importa, porque determina tus obligaciones de IVA y de IRPF. Es uno de los puntos donde más gente se equivoca al empezar. Y un dato que tranquiliza: el epígrafe pertenece al Impuesto sobre Actividades Económicas, pero las personas físicas están exentas de pagarlo.

Paso 2: el alta en la Seguridad Social (RETA)

Después toca darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Aquí eliges tu base de cotización, que influye en lo que pagas cada mes y en tus futuras prestaciones (baja, jubilación…).

Se tramita por internet en Importass, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. Te pedirá la fecha de inicio, la actividad, una previsión de tus rendimientos netos (lo que esperas ganar, descontados los gastos), la mutua que cubrirá tus bajas y la cuenta donde cargar la cuota. De esa previsión sale el tramo en el que cotizas: lo explicamos en la cuota por ingresos reales.

Hay un plazo para hacerlo en relación con el inicio de la actividad: el alta se pide antes de empezar, y se puede presentar hasta con 60 días de antelación. Conviene no dejarlo para el último momento, porque un alta fuera de plazo trae recargos y te puede dejar sin bonificaciones.

La cuota se carga en tu cuenta el último día hábil de cada mes. Si empiezas a mitad de mes, el primer recibo cubre solo los días que has estado de alta.

El orden importa

La regla general es: primero Hacienda, luego Seguridad Social, y todo antes de empezar a facturar. Hacerlo al revés o tarde puede traer problemas.

Dos detalles más. La fecha de inicio que declares en Hacienda y la del alta en la Seguridad Social deberían ser la misma. Y si estás cobrando el paro y quieres capitalizarlo, la solicitud va antes que cualquier alta: si te das de alta primero, pierdes el pago único.

No te olvides de la cuota reducida

Si es tu primer alta (o no has sido autónomo en un tiempo), probablemente puedas acogerte a la tarifa plana: una cuota mensual reducida durante los primeros meses, en lugar de pagar la cuota completa desde el primer día. Cuando se acaba, pasas a la cuota normal que te corresponda por tus ingresos.

Suele solicitarse en el mismo momento del alta en la Seguridad Social, así que conviene tenerlo claro antes de hacer el trámite para no perder el derecho. Si quieres ver los requisitos y la duración con más detalle, lo explicamos en la guía de la tarifa plana de autónomos.

Qué necesitas tener a mano

  • DNI y número de la Seguridad Social
  • Cuenta bancaria (IBAN) para domiciliar la cuota
  • Tener claro a qué te vas a dedicar (para el epígrafe)
  • Certificado digital o Cl@ve, para hacer los trámites por internet
  • La fecha en la que vas a empezar
  • Una previsión realista de ingresos y gastos del primer año
  • La dirección donde vas a trabajar y, si es tu casa, los metros que usarás

Qué cambia desde el primer día

Con el alta hecha empiezan tus obligaciones, factures o no:

  • Emitir factura por cada trabajo, con numeración correlativa.
  • Llevar al día tus libros de ingresos y gastos y guardar todos los justificantes.
  • Presentar cada trimestre el IVA (modelo 303), si tu actividad lo lleva, y el pago a cuenta del IRPF (modelo 130), salvo excepciones.

Las fechas están en el calendario fiscal del autónomo. Según la actividad puede hacer falta algo más: licencia municipal si abres un local, o colegiación en las profesiones que la exigen.

Darte de alta mal no se nota el primer día, pero sí en el primer trimestre o en la primera renta. Empezar con el pie derecho te ahorra correcciones después.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo?

Los dos trámites son gratuitos. Lo que pagas es la cuota mensual de la Seguridad Social desde la fecha de alta, reducida si te corresponde la tarifa plana.

¿Puedo darme de alta antes de tener clientes?

Puedes, pero la cuota y las declaraciones trimestrales empiezan a contar desde el alta. Lo sensato es hacerla coincidir con el inicio real: cuando vayas a prestar el primer servicio o a emitir la primera factura.

¿Qué pasa si me equivoco de epígrafe?

Se corrige presentando otro modelo 036, esta vez de modificación. El problema es lo que hayas hecho mientras tanto: si has facturado con retención o con IVA cuando no tocaba, o al revés, habrá que rectificar facturas y declaraciones.

¿Puedo hacerlo yo o necesito a alguien?

Puedes hacerlo tú con certificado digital o Cl@ve. También existen los Puntos de Atención al Emprendedor, que tramitan las dos altas a la vez con un documento único. Lo que ningún formulario hace es decidir por ti el epígrafe, el régimen de IVA o la base de cotización, y ahí es donde se cometen los errores.

⚠️ Este artículo es información general. Los trámites, plazos y requisitos pueden cambiar. Antes de darte de alta, conviene revisar tu caso concreto.

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