Bodas los sábados, un e-commerce que te encarga catálogo, un vídeo corporativo al mes... el fotógrafo freelance factura a clientes muy distintos, y cada tipo tiene su detalle fiscal. Repasamos los tres que más dudas generan.
Como profesional, tus facturas a empresas y otros autónomos llevan retención de IRPF del 15% (7% si acabas de empezar) además del 21% de IVA. La retención te la descuentan del pago y la ingresan por ti — a final de año es dinero que ya tienes adelantado. El formato exacto de la factura, en esta guía.
Los particulares no practican retenciones: la factura de una boda va con su IVA y sin retención. Error típico del sector: cobrar bodas "sin papeles". Aparte del riesgo, te impide deducir el equipo que usaste — pierdes por los dos lados.
Cuerpos, ópticas, iluminación, ordenador, almacenamiento, software de edición... es de las actividades con más inversión deducible. Los equipos caros no se deducen de golpe sino en varios años (amortización), y eso hay que llevarlo ordenado. La lógica general, en gastos deducibles del autónomo.
Ingresos digitales (presets, LUTs, cursos online, YouTube) se suman a tu actividad pero funcionan como los de cualquier creador: plataformas extranjeras, IVA especial... Lo tratamos en impuestos para creadores de contenido.
Cada lente que compras con factura te devuelve una parte vía impuestos. Cada trabajo en negro te la quita. Las cuentas salen solas.
⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.
Facturas bien hechas, trimestres al día y el equipo deducido como toca. Tú a disparar.
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