Autónomos

Psicólogos, fisios y sanitarios: ¿facturas con IVA o sin IVA?

Si eres psicólogo, fisioterapeuta, logopeda, podólogo o similar y montas consulta propia, te encontrarás con una peculiaridad que confunde a muchos: tus servicios probablemente van sin IVA. Bien entendido, es una ventaja; mal entendido, un lío de facturas incorrectas.

La exención sanitaria: cuándo aplica

Los servicios de asistencia sanitaria prestados por profesionales titulados (medicina, psicología, fisioterapia, enfermería, logopedia...) con finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento están exentos de IVA. Tus facturas de consulta van sin IVA y tus precios son "limpios" para el paciente.

Cuándo NO aplica (aquí caen muchos)

Si mezclas actividades exentas y no exentas, tus gastos se deducen de forma parcial (la llamada prorrata). No es complicado, pero hay que llevarlo bien.

Sin IVA no significa sin obligaciones

Aunque no repercutas IVA, sigues siendo autónomo con todas las letras: alta, cuota, pagos trimestrales de IRPF (modelo 130) y declaración anual. Las fechas clave las tienes en el calendario fiscal del autónomo, y qué puedes deducir (alquiler de consulta, colegiación, material, formación clínica...) en gastos deducibles.

La exención sanitaria es de las pocas alegrías fiscales que existen. Asegúrate de aplicarla bien — y solo donde toca.

⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.

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