Autónomos

Trabajar en remoto desde España para una empresa extranjera: cómo tributar

Cada vez más gente vive en España cobrando de una empresa americana, alemana o británica. Fiscalmente funciona muy bien — si se monta con cabeza. Mal montado, es de los líos más caros de deshacer.

Primero: ¿dónde eres residente fiscal?

Si pasas más de 183 días al año en España (o tienes aquí tu centro de vida e intereses), eres residente fiscal español y tributas aquí por todos tus ingresos mundiales, venga el dinero de donde venga. Cobrar en una cuenta extranjera o en dólares no cambia nada.

Las dos fórmulas válidas

El error clásico: la zona gris

Cobrar "como si nada" en una cuenta extranjera, sin contrato español ni alta de autónomo, pensando que al estar la empresa fuera nadie lo ve. Los bancos intercambian información entre países de forma automática (CRS): Hacienda acaba viendo esas cuentas. Y regularizar años de golpe duele — como contamos en rentas de años anteriores.

¿Y los convenios de doble imposición?

Si el país de la empresa te retiene algo, los convenios evitan pagar dos veces por lo mismo: lo pagado fuera se descuenta aquí, con matices según el país. Es papeleo fino, pero rutinario para quien lo hace a diario.

Teletrabajar para fuera es el mejor negocio fiscal-vital de la década: sueldos de allí, vida de aquí. Solo exige una cosa — montarlo legal desde el mes uno.

⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.

Temas:TeletrabajoEmpresa extranjeraResidencia fiscalAutónomos

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