Calculadora · Autónomos

Calculadora de facturas para autónomos

Calcula el IVA, la retención de IRPF y el total de una factura. También al revés: qué base tienes que poner para cobrar una cantidad concreta.

Tu factura

Total de la factura
1.060,00 €
Base imponible1.000,00 €
IVA (21 %)+ 210,00 €
Retención de IRPF (15 %)− 150,00 €
Total a cobrar1.060,00 €

El IVA no es tuyo: lo ingresas en el modelo 303. La retención la ingresa tu cliente a Hacienda en tu nombre y la descuentas en tu renta.

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Qué lleva una factura de autónomo

Toda factura parte de la base imponible, que es el precio de tu trabajo. Sobre ella se suma el IVA y, si corresponde, se resta la retención de IRPF.

  • IVA: el 21 % es el general. El 10 % se aplica, por ejemplo, en hostelería y transporte de viajeros, y el 4 % en productos básicos como el pan, la leche, los libros o los medicamentos. Algunas actividades, como la sanidad o la enseñanza reglada, están exentas.
  • Retención: solo si eres profesional (diseñadores, consultores, abogados, programadores…) y tu cliente es una empresa o un autónomo. Es del 15 %, o del 7 % el año de inicio y los dos siguientes. Las actividades empresariales, como el comercio o la mayoría de oficios, no llevan retención.

Ejemplo

Facturas un trabajo de 1.000 € a una empresa. Sumas 210 € de IVA y restas 150 € de retención: la factura es de 1.060 €. De ese dinero, los 210 € de IVA los ingresarás en el trimestre y los 150 € ya cuentan como IRPF adelantado.

Si lo que quieres es cobrar una cantidad concreta, elige «El total que quieres cobrar» y la calculadora te dice qué base poner.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que poner retención si mi cliente es un particular?

No. La retención solo se aplica cuando facturas como profesional a una empresa o a otro autónomo. A un particular le facturas con IVA y sin retención.

¿Cuándo puedo aplicar el 7 % en lugar del 15 %?

El año en que empiezas tu actividad profesional y los dos siguientes, siempre que no la hayas ejercido el año anterior. Tienes que comunicárselo al cliente.

¿El IVA que cobro es un ingreso mío?

No. Lo cobras a tu cliente y lo ingresas a Hacienda cada trimestre en el modelo 303, después de restar el IVA de tus gastos.

Todos los datos que debe llevar el documento están en cómo hacer una factura paso a paso, y los cambios que vienen, en Verifactu y factura electrónica.

Cálculo orientativo con los datos que introduces. No sustituye a tu nómina, a tu recibo ni a un asesoramiento sobre tu caso. Actualizado el 14 de octubre de 2026.