Autónomos

Las comidas del autónomo: cuándo el menú del día es deducible (requisitos exactos)

La pregunta del millón en cualquier sobremesa de autónomos: "¿esto lo puedo meter?". Con las comidas, la ley da una respuesta concreta desde hace unos años — con tres requisitos exactos y un límite diario. Ni leyenda ni barra libre.

Los tres requisitos (los tres, no dos)

El límite diario

Hasta 26,67 € al día en España (unos 48 € si pernoctas fuera por trabajo; en el extranjero, límites mayores). Comes por 15 €, deduces 15; comes por 40, deduces 26,67. El límite es por día, no por comida.

Cómo blindarlo

Pide factura simplificada con tu NIF cuando sea posible, guarda el justificante del pago con tarjeta, y que el patrón sea creíble: comidas en días de reuniones, visitas o jornadas fuera — coherentes con tu agenda y tus desplazamientos. Cuatrocientas comidas al año trabajando desde casa es el tipo de patrón que invita a una comprobación.

¿Y si invito a un cliente?

Las comidas con clientes van por otra vía: gastos de atenciones, deducibles con límites propios (y con el IVA no deducible en general). Distinta casilla, distinta lógica — el panorama completo de gastos, en la guía general.

El menú del día deducible existe: son 26,67 €, con tarjeta, en martes de curro. Lo que no existe es la mariscada del sábado como "gasto de empresa". Saber la diferencia es dormir tranquilo.

⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.

Temas:DietasManutenciónGastos deduciblesAutónomos

¿Comes fuera por trabajo?

Te decimos qué comidas puedes deducir y cómo justificarlas para que ninguna te la tumben.

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