La pregunta del millón en cualquier sobremesa de autónomos: "¿esto lo puedo meter?". Con las comidas, la ley da una respuesta concreta desde hace unos años — con tres requisitos exactos y un límite diario. Ni leyenda ni barra libre.
Hasta 26,67 € al día en España (unos 48 € si pernoctas fuera por trabajo; en el extranjero, límites mayores). Comes por 15 €, deduces 15; comes por 40, deduces 26,67. El límite es por día, no por comida.
Pide factura simplificada con tu NIF cuando sea posible, guarda el justificante del pago con tarjeta, y que el patrón sea creíble: comidas en días de reuniones, visitas o jornadas fuera — coherentes con tu agenda y tus desplazamientos. Cuatrocientas comidas al año trabajando desde casa es el tipo de patrón que invita a una comprobación.
Las comidas con clientes van por otra vía: gastos de atenciones, deducibles con límites propios (y con el IVA no deducible en general). Distinta casilla, distinta lógica — el panorama completo de gastos, en la guía general.
El menú del día deducible existe: son 26,67 €, con tarjeta, en martes de curro. Lo que no existe es la mariscada del sábado como "gasto de empresa". Saber la diferencia es dormir tranquilo.
⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.
Te decimos qué comidas puedes deducir y cómo justificarlas para que ninguna te la tumben.
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