Renta

Herencias y donaciones: ¿van en la declaración de la renta?

Pregunta clásica de junio: "he heredado, ¿lo pongo en la renta?". Respuesta corta: no — pero con tres matices que generan muchas paralelas.

Heredar no va en el IRPF...

Lo recibido por herencia o donación tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (autonómico, con bonificaciones enormes en algunas comunidades y serias en otras), no en la renta. No hay que declarar la herencia como "ingreso".

...pero lo heredado sí genera renta después

Donar en vida: la sorpresa del donante

Al donar un inmueble o acciones a un hijo, el donante puede tener ganancia patrimonial en su IRPF (como si "vendiera" al valor actual): donar lo revalorizado tiene coste aunque no entre un euro. A la inversa, las pérdidas por donación no se deducen. Por eso las donaciones se planifican: qué se dona, cuándo y en qué comunidad cambia el resultado radicalmente.

El plazo que no perdona

Sucesiones se autoliquida en 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables si se pide a tiempo). Llegar tarde suma recargos a un momento ya difícil.

Herencias y donaciones mueven dos impuestos a la vez. Mirar solo uno es como negociar viendo media pantalla: lo barato de hoy puede ser lo caro de dentro de tres años.

⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.

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¿Has heredado o vas a donar a tus hijos?

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