Cómo hacer una factura de UGC a una marca española, europea o de fuera de la UE
Has cerrado tu colaboración, has entregado los vídeos y la marca te pide la factura. El IVA y la retención dependen de un solo dato: dónde está la empresa que te paga. Te explicamos los tres casos con números.
Lo que lleva cualquier factura
Número y fecha, tus datos y tu NIF, los datos de la marca y su NIF, una descripción clara («Creación de 3 vídeos UGC para la campaña de otoño»), la base, el IVA si lo lleva, la retención si la lleva y el total. El detalle, en cómo hacer una factura paso a paso.
Si trabajas a través de una agencia, la factura va a la agencia. Lo que cuenta es dónde está quien te contrata y te paga.
1. Marca española: con IVA y con retención
Hacienda ya ha dicho que los creadores de contenido que hacen fotos y vídeos para marcas cobran el 21 % de IVA. También ha dicho que la empresa que les paga les aplica la retención de los profesionales: el 15 %, o el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes, si el año anterior no tuviste ninguna actividad profesional (consulta V1417-20). El 7 % no es automático: tienes que comunicárselo tú a la marca, por escrito.
| Concepto | Con el 15 % | Con el 7 % |
|---|---|---|
| Vídeos UGC | 500 € | 500 € |
| + IVA (21 %) | +105 € | +105 € |
| − Retención | −75 € | −35 € |
| Cobras | 530 € | 570 € |
Los 105 € de IVA los ingresas tú en el trimestre. La retención es un adelanto de tu IRPF que la marca paga por ti: se descuenta en tu renta. Más detalle en cómo funcionan las retenciones.
Un caso aparte: si la marca te paga por separado por ceder tus derechos de imagen, esa parte lleva otra retención distinta. Si tu contrato lo separa, consúltanos antes de facturar.
2. Marca de otro país de la UE: sin IVA
Cuando le prestas un servicio a una empresa de otro país de la UE, la operación no lleva IVA español: el IVA lo declara la propia empresa en su país. Es lo que se llama inversión del sujeto pasivo. Para hacerlo bien:
- Pide el alta en el ROI, el registro de operadores intracomunitarios, antes de tu primera factura. Se pide con el modelo 036. Te da el NIF-IVA, que es tu NIF con «ES» delante. Hacienda puede denegarlo, y si no contesta en tres meses se entiende denegado, así que no lo dejes para el último día.
- Comprueba el NIF-IVA de la marca en el VIES, el buscador gratuito de la Comisión Europea, y guarda el resultado.
- Haz la factura sin IVA, con tu NIF-IVA, el de la marca y la mención «inversión del sujeto pasivo», que es obligatoria.
- Decláralo en tu modelo 303 del trimestre y en el modelo 349.
No lleva retención: las empresas extranjeras no aplican la retención española. Por 500 € de vídeos, cobras 500 €.
3. Marca de fuera de la UE: sin IVA español
Estados Unidos, Reino Unido, Suiza… Si la empresa que te paga está fuera de la UE, el servicio no lleva IVA español, y tampoco hace falta el ROI ni el modelo 349. Lo que no cambia es que tienes que hacer factura: Hacienda lo recuerda en su consulta V2428-25, sobre un creador que trabaja para una plataforma de fuera de la UE. En la factura conviene indicar por qué no lleva IVA, por ejemplo «operación no sujeta por reglas de localización».
Tampoco lleva retención. El ingreso tributa igual en tu IRPF, y como nadie te retiene, lo adelantas tú cada trimestre con el modelo 130.
Los tres casos de un vistazo
| España | UE | Fuera de la UE | |
|---|---|---|---|
| IVA | 21 % | No | No |
| Retención | 15 % o 7 % | No | No |
| ROI | No | Sí, antes de facturar | No |
| Modelo 349 | No | Sí | No |
| Factura | Sí | Sí | Sí |
¿Puedo hacer las facturas yo?
Sí, con un programa de facturación o con una plantilla bien hecha. Pero siempre es mejor que te las revise un experto, sobre todo las primeras de cada país. Un IVA mal puesto o un ROI que no tenías se arrastra en todas las declaraciones del trimestre. Escríbenos y te las dejamos bien desde la primera.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que hacer factura a una marca de Estados Unidos?
Sí. Aunque la operación no lleve IVA español, la obligación de hacer factura se mantiene, como recuerda Hacienda en su consulta V2428-25.
¿Puedo facturar sin IVA a una marca europea sin estar en el ROI?
Sin el alta en el registro de operadores intracomunitarios no tienes el NIF-IVA necesario. Pídelo con el modelo 036 antes de tu primera factura.
¿Cuánto cobro de una factura de 500 € a una marca española?
Con el 15 % de retención, 530 €: 500 € más 105 € de IVA, menos 75 € de retención. Con el 7 %, 570 €.
¿Le aplico retención a una marca extranjera?
No. Las empresas extranjeras no aplican la retención española: cobras la base entera y el IRPF lo vas adelantando tú con el modelo 130.
Fuentes
- Dirección General de Tributos (Ministerio de Hacienda): consulta vinculante V1417-20, sobre los creadores de contenido digital que hacen fotos y vídeos para marcas (IVA y retención)
- Dirección General de Tributos (Ministerio de Hacienda): consulta vinculante V2428-25, creador que hace contenido para una plataforma de fuera de la UE
- Agencia Tributaria: IVA en las prestaciones de servicios con otros países
- Agencia Tributaria, guía del modelo 036: Registro de operadores intracomunitarios
- BOE: Ley 37/1992 del IVA, artículo 69 (lugar de realización de los servicios)
- BOE: Real Decreto 1619/2012, reglamento de facturación, artículo 6 (contenido de la factura)
- Agencia Tributaria: relación de tipos de retención
Revisado el 28 de octubre de 2026.
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