Autónomo trabajando desde casa: qué gastos puedes deducir (luz, internet, alquiler)
Millones de autónomos trabajan desde casa y pagan de su bolsillo la luz, el internet y el espacio que usan para producir. Parte de eso es deducible — pero con reglas concretas que conviene aplicar bien desde el alta.
Primero: declara los metros
La base de todo es indicar en tu alta censal qué parte de tu vivienda está afecta a la actividad: por ejemplo, una habitación de 10 m² en un piso de 80 m² = 12,5%. Sin esa afectación declarada, defender cualquier deducción se complica mucho.
«Afecta» significa destinada a la actividad, y para que esos metros cuenten hacen falta dos cosas. Tiene que ser una zona diferenciada que uses solo para trabajar: una habitación convertida en despacho sirve; la mesa del salón donde también cena la familia, no. Y el porcentaje tiene que ser creíble para lo que haces: una traductora no necesita medio piso.
¿No lo indicaste al darte de alta? Se arregla presentando una modificación del modelo 036, la declaración censal. Hazlo cuanto antes: lo que deduzcas se defiende mucho mejor a partir de ese momento.
Suministros: la regla del 30%
Luz, agua, gas, internet y teléfono se deducen aplicando el 30% sobre la proporción de metros afectos. Con el ejemplo anterior: 30% × 12,5% = un 3,75% de cada factura de suministros. ¿Poco? Es lo que la ley fija expresamente — y por eso es fácil de defender.
Ese 30% es el porcentaje que se aplica por defecto, y admite prueba en los dos sentidos: tú puedes acreditar un uso mayor (difícil sin contadores separados) y Hacienda, uno menor. Todo esto vale para el IRPF. El IVA de los suministros de casa es un terreno más discutido: revísalo antes de deducirlo.
Vivienda: alquiler e hipoteca
- Alquiler: la parte proporcional a los metros afectos puede deducirse, idealmente con el uso profesional reflejado (el IVA del arrendador es un matiz a revisar caso a caso).
- Vivienda en propiedad: deduces la proporción de IBI, comunidad, seguro e intereses de hipoteca (no la cuota completa), más la amortización de la parte afecta.
Si vives de alquiler, comprueba que el contrato no prohíba el uso profesional y que los recibos vayan a tu nombre. Ten en cuenta que, para tu casero, esa parte deja de ser alquiler de vivienda, con efectos en su IVA y en su renta: por eso hay que mirarlo caso a caso.
Si el piso es tuyo, hay letra pequeña: la parte afecta deja de ser «vivienda habitual» a efectos fiscales. El día que vendas, esa porción no entra en ventajas como la exención por reinversión. Con porcentajes pequeños pesa poco, pero conviene saberlo antes.
Un ejemplo con números
Imagina que vives de alquiler en ese piso de 80 m², pagas 800 € al mes y tu despacho es la habitación de 10 m² (12,5%). En suministros gastas 1.800 € al año entre luz, agua, gas e internet.
- Alquiler: 9.600 € × 12,5% = 1.200 € de gasto deducible.
- Suministros: 1.800 € × 3,75% = 67,50 €.
En total, 1.267,50 € menos de beneficio. Si tu IRPF ronda el 20%, pagas unos 250 € menos al año.
Y lo que se deduce entero
Todo lo que sea 100% de trabajo no lleva proporción: el ordenador, la silla, el escritorio, el software, el móvil de empresa con línea separada... La regla general de siempre, en gastos deducibles del autónomo.
Errores habituales (y lo que mira Hacienda)
- Aplicar a los suministros el porcentaje de metros tal cual (12,5%) y olvidar el 30%.
- Deducir el 100% del internet o de la luz «porque estoy todo el día en casa».
- Declarar medio piso como despacho.
- Facturas de suministros a nombre de otra persona.
- Deducir la casa y, además, un local u oficina, sin poder explicar por qué necesitas los dos.
Ten a mano el contrato de alquiler o la escritura, algo que acredite los metros (un plano, los datos del catastro), las facturas de suministros y los justificantes de pago.
Deducir la casa no te hará rico — hablamos de unos cientos de euros al año. Pero es dinero tuyo, la ley lo contempla expresamente, y configurarlo cuesta una casilla en el alta.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir más del 30% de los suministros?
La ley lo permite si pruebas un porcentaje superior, pero la prueba es tuya y es exigente. Sin algo objetivo, como un contador independiente para el despacho, lo prudente es quedarse en el 30%.
¿Y si el contrato o las facturas están a nombre de mi pareja?
Se complica: un gasto que no está a tu nombre es difícil de defender. Lo ideal es que el contrato de alquiler y los suministros estén a tu nombre, o al de los dos.
Trabajo en un rincón del salón, ¿puedo deducir algo?
La casa, difícilmente: Hacienda pide una zona separada y de uso exclusivo. Lo que sí deduces es lo que sea solo de trabajo, como el ordenador o el software.
Soy asalariado y teletrabajo, ¿me sirve esto?
No. Estas deducciones son para quien ejerce una actividad económica por cuenta propia. Un empleado que teletrabaja no puede restar la luz o el internet en su declaración de la renta.
⚠️ Información general, no asesoramiento para tu caso concreto. La normativa cambia y su aplicación depende de tu situación: consúltala antes de decidir.
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